TotAlzir@: El Consell Jurídic Consultiu avala el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Alzira al respecto de la resolución del contrato del PAI de la Finca de Sos

viernes, 19 de diciembre de 2014

El Consell Jurídic Consultiu avala el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Alzira al respecto de la resolución del contrato del PAI de la Finca de Sos


Por el pleno del Ayuntamiento de Alzira, de este mes de diciembre, pasará la propuesta de resolución del contrato del PAI de la Finca de Sos. Un dictamen, de 27 de noviembre de 2014 del Consell Jurídic Consultiu, avala el acuerdo plenario del pasado 30 de julio de 2014, apoyado de forma unánime por todos los grupos políticos con representación en el Consistorio, que proponía la resolución del contrato con los promotores del proyecto y caducaba el programa de actuación integrada de la Finca de Sos.

         Una vez superado este importante trámite se propondrá, en el siguiente Pleno, la aprobación definitiva de la resolución contractual y archivo del PAI, en coherencia con otros acuerdos anteriores que eliminaban la posibilidad de incluir este programa en el proyecto de Plan General de Alzira.
          El Consell Jurídic Consultiu confirma que la causa de esta resolución y del archivo del PAI se encuentra en la decisión de la Generalitat de no reclasificar la finca de Sos y mantener su protección agrícola, todo ello por varias cuestiones de orden ambiental cuya competencia le corresponde sólo a la Consellería y, en la que el Ayuntamiento, ni siquiera podía entrar a valorar por no ser de su competencia.
        Como es sabido, los promotores del proyecto plantearon una iniciativa de programación y reclasificación por sus propios medios, tal y como le permitía la LRAU, que el Ayuntamiento tramitó por así ser obligado conforme a las previsiones legales y remitió a la Conselleria de Urbanismo. Han sido varias las cuestiones ambientales, según el Consell Jurídic Consultiu y así lo reconocía el Ayuntamiento en su acuerdo de julio, las que la Conselleria ha considerado que tienen la suficiente trascendencia como para considerar insubsanables los defectos que contenía el Proyecto de los promotores del proyecto, y por tanto, que
esta finca, no podía formar parte del Plan General. El Consell Jurídic acepta el hecho de que, si no pueden formar parte del Plan General, resulta imposible que se mantenga el PAI y el contrato con los promotores del proyecto, por lo que admite y ratifica la resolución que le plantea el Ayuntamiento.
            Este dictamen supone una confirmación de las tesis municipales, y un rechazo de la postura de los promotores del proyecto, que se habían opuesto a la resolución del contrato y solicitaban el mantenimiento del PAI. La noticia es muy importante por cuanto que ratifica que no ha sido el Ayuntamiento quien ha tomado una decisión arbitraria sino, que ésta, ha estado motivada por un informe preceptivo de los órganos ambientales de la Generalitat, y porque refuerza la posición municipal, frente a las peticiones de los promotores del programa, de una indemnización de daños y perjuicios que el Ayuntamiento considera improcedente por lo anteriormente indicado y por otras razones.
          Desde el Ayuntamiento de Alzira, se espera que este aval a la actuación municipal sirva para que los promotores del proyecto comprendan que, en ningún caso, se ha actuado en contra de sus intereses, legítimos pero inaceptables para la Generalitat, única administración que podía aprobar definitivamente su proyecto. El Ayuntamiento se ha limitado a cumplir la ley tramitando un expediente hasta donde podía hacerlo, como así reconoce el Consell Jurídic Consultiu.

Este dictamen avala también el trabajo y los informes de los técnicos municipales, en especial los del departamento de Urbanismo, que han actuado siempre con criterios, exclusivamente, técnicos y jurídicos con gran dedicación, antes del informe ambiental y después del mismo.

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