TotAlzir@: El Ayuntamiento de Alzira aprueba las bases para la concesión de Ayudas destinadas a entidades sociales y de salud

jueves, 19 de febrero de 2015

El Ayuntamiento de Alzira aprueba las bases para la concesión de Ayudas destinadas a entidades sociales y de salud

§  Desde hoy hasta el 5 de marzo se pueden presentar las solicitudes

El Ayuntamiento de Alzira, desde la concejalía de Acción Social, ha aprobado las bases para la concesión de las Ayudas destinadas a entidades sociales y de salud. Unas bases que han sido, además, informadas favorablemente por el Consell de Acción Social y Salud en sesión celebrada el día 4 de febrero. A partir de hoy y hasta el 5 de marzo pueden presentarse las solicitudes al respecto.

         La concejala de Acción Social, Chelo Martínez, ha manifestado: “Un año más convocamos estas ayudas destinadas a las entidades sociales y de salud del municipio, que pretenden ser una ayuda en su funcionamiento diario o para poder desarrollar determinadas actividades o iniciativas. Animo a las diferentes entidades a presentar su solicitud”.
Estas Ayudas van dirigidas a discapacitados: físicos, psíquicos y sensoriales; personas mayores; minorías étnicas y colectivos con problemáticas de exclusión; otras organizaciones de interés social y comunitario relacionadas con la vertebración social del municipio; así como entidades y colectivos relacionados con el ámbito de la salud y su promoción. Se podrá solicitar ayuda por mantenimiento, actividades y/o equipamiento.
Quedan expresamente excluidos de estas ayudas los conceptos de gastos de actos conmemorativos; cuotas de asociaciones o federaciones; los gastos ocasionados con anterioridad al año en curso, así como, en general, todos aquellos conceptos que, por su naturaleza puedan ser objeto de atención de otros Organismos Públicos o derivados de otros ejercicios económicos.
Podrán solicitar estas ayudas las entidades a quienes corresponda la titularidad de la entidad, centro o servicio objeto de la presente subvención. Para la concesión de las ayudas se valorará la presentación de la autorización provisional o definitiva, de conformidad con la Ley 5/1997, de 25 de junio, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el Sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana, el Decreto 91/2002, de 30 de mayo, del Gobierno Valenciano, y Orden de 9 de Abril de 1990, y demás disposiciones de aplicación, de desarrollo del mismo, así como cualquier otro documento acreditativo que justifique el interés social y colectivo de su finalidad.
Las entidades deberán tener implantación en el ámbito municipal o atender a personas del municipio y deberán haber desarrollado actividades permanentes al menos durante un período de cuatro años previos a su solicitud y estar, como mínimo dos años, registrada en el Consejo de Acción Social y Salud de Alzira.
En el caso de asociaciones, serán requisitos necesarios, el estar debidamente registradas como tales de acuerdo con la normativa vigente y estar reconocidas oficialmente por los organismos públicos competentes.
Las entidades solicitantes deberán aportar la documentación específica siguiente, si no se encuentra en la administración:
-      Estatutos de la entidad y acreditación de la representación que ostenta la persona firmante de la solicitud, acompañados de copia de su D.N.I.
-      Presupuesto real de ingresos y gastos.
-      En el caso de centros asistenciales, relación nominal de beneficiarios con inclusión de las pensiones, ayudas y aportaciones de los mismos.
-      Relación de la plantilla del personal del centro con especificación de sus emolumentos y categoría profesional en caso de ayudas de mantenimiento.
-      Programa de actividades previstas para el presente ejercicio detallándose la asignación presupuestaria, que se ajuste al Anexo II.
-      En el caso de equipamiento, se presentará fundamentación de las ayudas y presupuesto detallado de las casas suministradoras.
-      En el caso de ayudas para actividades, se habrá de especificar la categoría profesional de aquellos que vayan a dirigirlas o impartirlas.
-      La solicitud, obligatoriamente, se documentará y presentará a través de un modelo de solicitud que se facilitará a los interesados, según modelo del Anexo I. La presentación en el citado modelo así como la documentación debidamente acreditada, se establece como un requisito imprescindible para la valoración del expediente.
Las solicitudes con toda la documentación requerida se presentarán en el registro de entrada del Excmo. Ayuntamiento de Alzira. El plazo de presentación de solicitudes será del 19 de febrero al 5 de marzo. La información al respecto, así como las bases, etc. se pueden consultar en la web del Ayuntamiento www.alzira.es (Tablón de Anuncios- Tablón de edictos).









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