- Las personas que domicilien su IBI Urbana antes del 20 de febrero tendrán una bonificación del 5%
- Además sus recibos se cobrarán en dos fracciones
Además, por el hecho de
tenerlo domiciliado, como ya se hacía en años anteriores, este impuesto se
cobrará en dos fracciones del 50% del importe cada una. La primera de ellas se
cobrará el 20 de abril de 2015 y, la segunda, el 5 de octubre de 2015.
Aquellas
personas interesadas en domiciliar sus recibos, pueden hacerlo solicitándolo en
la oficina de
Recaudación Voluntaria o desde la sede electrónica. También puede solicitarse
el impreso de domiciliación a voluntaria@alzira.es
o imprimirlo desde www.alzira.es – Pagos –
Domiciliación de recibos.
El
concejal de Economía y Hacienda, Enrique Lahuerta, ha destacado: “Recordamos a
la ciudadanía que hasta el 20 de febrero tienen de plazo para domiciliar su
recibo del IBI Urbana y así beneficiarse de una bonificación del 5%, así como
también poder pagar su recibo en dos plazos. Éstas son algunas de las
bonificaciones respecto a las ordenanzas fiscales que vamos a aplicar durante
este año, que se suman a las otras muchas que se van a aplicar al IBI Urbano y
al de Actividades Económicas que pretenden, así, fomentar el empleo”.
Bonificaciones
Respecto al impuesto de
Bienes inmuebles urbanos se aplicará:
- una
bonificación entre el 10% y el 90% para los titulares de familia numerosa
siempre que los inmuebles sea su vivienda habitual. La bonificación se tendrá
que solicitar entre el 1 de enero y el último día del período de cobro en
voluntaria.
- una
bonificación del 5% para los inmuebles urbanos de los recibos que estén
domiciliados hasta el día 20 de febrero de 2015.
- una
bonificación del 25% para los inmuebles destinados a viviendas, en los que se
instalan sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía
solar. Habrá de solicitarse en el término de los 3 meses posteriores a la
instalación.
- una
bonificación entre el 10% y el 50% para los inmuebles en los que sus titulares
catastrales desarrollen actividades económicas que hayan incrementado la media
anual de su plantilla de trabajadores con contrato indefinido, durante el
ejercicio anterior. Se solicitará dentro del primer semestre del ejercicio en
el que haya de producir efecto.
Respecto
al impuesto de Actividades Económicas, para aquellas empresas que estén
desarrollando su actividad en Alzira o empresas de nueva implantación, excepto
en los casos de fusión, escisión o aportación de ramas de actividad:
- entre
el 10% y el 95% por creación de empleo indefinido, actividades que hayan
incrementado la media anual de su plantilla de trabajadores con contrato
indefinido, durante el ejercicio anterior.
- entre
el 25% y el 50%, por inversiones en inmovilizado material superiores al millón
de euros, en centros de trabajo situados en Alzira durante el ejercicio
anterior. Estas bonificaciones tendrán que solicitarse dentro del primer
semestre del ejercicio en el que hayan de producir efecto.
Pago de impuestos
Las fechas de pago son:
- Impuesto
de Bienes Inmuebles Urbanos- del 2 de marzo al 8 de mayo de 2015 para los
recibos no domiciliados. Para los recibos domiciliados, un 50% el 20 de abril
de 2015 y el otro 50% el 5 de octubre de 2015.
- Impuesto
de Vehículos de Tracción Mecánica y Vados- del 18 de mayo al 20 de julio de 2015 para los
recibos no domiciliados y el 6 de
julio de 2015 para los recibos domiciliados.
- Impuesto
de Bienes Inmuebles Rústicos, impuesto de Actividades Económicas y Tasa de
Basura de Actividades Económicas- del 14 de septiembre al 16 de noviembre de
2015 para los recibos no domiciliados y el 2 de noviembre de 2015 para los
domiciliados.
Al
inicio de cada período de pago se remitirán a los domicilios de los
contribuyentes que no tengan sus recibos domiciliados sus cartas de pago.
Aquellos que no las reciban pueden solicitarlas por medio de voluntaria@alzira.es e imprimirlas desde
la Sede Electrónica
de recaudación.
Para
más información, los interesados se pueden dirigir a:
Gestión Tributaria
- Vehículos:
vehiculos@alzira.es 96 240 04 50
- Plusvalías:
plusvalia@alzira.es 96 240 04 50
- Catastro:
cadastre@alzira.es 96 245 92 52
Recaudación
- Recaudación
voluntaria: voluntaria@alzira.es
962459267
- Recaudación
ejecutiva: executiva@alzira.es 96 245
92 73
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario.